El Tribunal Supremo ha dado firmeza a la condena de quince años y medio de cárcel a un vecino de Dos Hermanas que violó a sus propias nietas, dos niñas que tenían ocho años cuando empezaron a sufrir esos ataques sexuales. El tribunal ha decidido que esa sea la pena que cumpla.
Fernando V.G., perpetró en 2021 “actos de contenido sexual” sobre las dos niñas, una nacida en 2005 y otra en 2008, aprovechando que se quedaban en su casa y “se encontraban descansando o durmiendo en los dormitorios de la planta superior”. Todo sucedió entre 2013 y 2018 el acusado estaba casado y rondaba los 55 años cuando empezó a martirizar a la primera pequeña a partir de un primer episodio en el que le dijo “si quería que le hiciera cosquillitas”. Los abusos comenzaron con tocamientos y acabaron con el acto sexual completo. El abuelo solía decirle “te quiero, eres mi vida” y le compraba chucherías, le recargaba su móvil o incluso le daba “pequeñas cantidades de dinero que dejaba por debajo de la almohada de la cama” para que no contara lo que él llamaba un “secretito”.
Estos actos se sucedieron hasta 2015, cuando la niña cumplió diez años. Un año después, en abril de 2016, el acusado empezó a repetir su lamentable comportamiento con la otra nieta. Estos abusos, básicamente “tocamientos”, se prolongaron hasta 2018, cuando la menor cumplió también diez años. Al igual que a la otra víctima, el abuelo le exigía que no dijera nada porque era “un pequeño secreto”.
La Audiencia habló de “sometimiento” de las niñas y destacó que su abuelo les causó “un daño psicológico en su desarrollo integral” que perjudicó “su interrelación con otras personas y su autonomía personal”.
La Sección Primera impuso once años de cárcel a Fernando V.G. por los abusos continuados a la primera nieta y cinco por lo que le hizo a la segunda. La Sala de lo Penal no da rodeos y espeta a la defensa que sus alegaciones “deben ser inadmitidas” y que la sentencia del TSJA es jurídicamente intachable, por ejemplo al respaldar las tesis de la Audiencia respecto a la credibilidad de las víctimas. De la nieta mayor dice que “mantuvo a lo largo del procedimiento la misma versión de los hechos, sin que se apreciaran contradicciones sustanciales”.
“El TSJA ha ratificado de forma razonable y motivada el juicio sobre la suficiencia de la prueba de cargo”, prosigue el Supremo. En este sentido, el auto refleja que los dos tribunales anteriores no sólo consideraron que las pruebas eran suficientes, sino que lo hicieron con razonamientos que “no pueden ser calificados de absurdos o arbitrarios”, sentencian los magistrados.